El Congreso costarricense aprobó reformas a una ley para sancionar con penas de cárcel que van de los tres meses a dos años, a los hombres que agredan físicamente u ofendan de palabra a una mujer de su entorno familiar.
Los artículos fueron adicionados a la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, que habían sido declarados anticonstitucionales por la Sala Constitucional hace tres años.
Los diputados reformaron el texto de los artículos y volvieron a incorporarlos libres de los defectos de inconstitucionalidad que les había señalado la máxima instancia judicial.
La ley establece que cuando la agresión física produzca incapacidad de cinco días o más a la mujer agredida, las penas serán de ocho meses a dos años de prisión, según la norma aprobada por el Congreso en segundo y último debate la noche del lunes.
Otro artículo, que crea la figura de “ofensas a la dignidad”, castiga con prisión de seis meses a dos años a quien ofenda a su esposa o conviviente, sea en la vía pública o en lugar privado.
“Estamos muy satisfechas con la decisión, nuevamente las mujeres vamos a tener una herramienta legal que nos proteja de los abusos de los compañeros sentimentales”, reaccionó Mauren Clark, presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu).
En Costa Rica cada año mueren asesinadas un promedio de 40 mujeres, muchas de ellas a manos de sus esposos o convivientes, según cifras del Poder Judicial.
Via | Milenio
Foto | Safe-Democracy